En fuerza de las consideraciones precedentes este Juzgado Superior Accidental Civil, Mercantil, y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción mero declarativa de concubinato incoada por la ciudadana YESEYI JOSEFINA LOZANO CARAMAUTA en contra de los ciudadanos ELIAS BELLO MONTOYA, KENELMA MERCEDES BELLO MALAVE Y ORLINA ALEJANDRO BELLO MALAVE, identificados ut supra.
SEGUNDO: Queda REVOCADA y sin ningún efecto la sentencia recurrida de fecha 24 de septiembre de 2012, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en la referida causa.
TERCERO: CON LUGAR la apelación de fecha 15 de Octubre de 2012 formulada por la co-apoderada judicial de la parte demandada, abogada ROSARIO KEPP DE A.....