SIN LUGAR la presente demanda de MEDIDA DE PROTECCIÓN en la modalidad de COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCION, presentada por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del municipio Veroes del estado Yaracuy, actuando en beneficio de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE, en contra de los ciudadanos identidad omitida, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. 24.771.520 y 19.062.789, domiciliados la primera en la Pica San Juan de las Rosas, sector 1, después de la casa de alimentación, municipio Veroes, estado Yaracuy y el segundo en la calle principal de Marincito, casa N° 57, Marincito, municipio San Felipe del estado Yaracuy., en la persona de su padre, el ciudadano identidad omitida, quien ejercerá la Responsabilidad de Crianza y el elemento de la Responsabilidad de Custodia de la niña, de conformidad con lo previsto en el artículo 358 eiusdem. SEGUND.....