este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE la presente demanda por COBRO DE BOLÍVARES, intentada por el abogado: ITAN YURMANI CARRILLO, venezolano, mayor de edad, con cedula de identidad números V-14.323.803, inscrito en el I.P.S.A N° 134.868, contra el ciudadano: FELIX ALEXANDER GOUDET GOMEZ, titular de la cedula de identidad N° V-13.799.544.