Mediante Resolucion Nº:PJ0252023000218, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declara INADMISIBLE la solicitud de DECLARACION DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, suscrito por la ciudadana: MARLENE DEL CARMEN BLANCO VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.567.265, debidamente asistida por el ciudadano JOEL ORLANDO MILLAN, Abogado en libre ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº57.092.-