En fecha 06-12-2007, se dicta sentencia mediante la cual el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, actuando en
sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la presunta agraviada "ADMINISTRADORA RESCARVEN, C.A.", debidamente representada en juicio por los abogados en ejercicio LEONARDO R. MATA y MARIA ALEJANDRA ACOSTA VAHLIS, venezolanos, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social bajo los Nros. 39.643 y 107.041, respectivamente, contra la decisión de fecha 29 de octubre de 2007, emanada del Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz en el Expediente signado FP11-L-2005-000693.
SEGUNDO: Se declara PROCEDENTE .....