este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185 (incompatibilidad de caracteres y desafecto), presentado por la Ciudadana MARY JOSEFINA FIGUEROA ARTEAGA, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.276.718, debidamente asistida por la abogada DAYANA M. LEAL COREDRO, quien está inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 89.921, solicitó que se le decretara la disolución del vinculo matrimonial contraído en fecha treinta (30) de marzo de 2016 con el ciudadano DOMINGO ANTONIO TOVAR PARRA, quien es venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-11.271.335 y DECRETA LA DISOLUCIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído entre ellos en fecha treinta (30) de Marzo del 2016, por ante la Oficina de Registro Civil del Muni.....