En virtud de lo anterior, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, PRIMERO: DECLARA EXTEMPORANEA POR TARDÍA LA RECUSACIÓN PLANTEADA, por la abogada LIGIA MARIA ZACCARA NARANJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.093.983, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 50.883, Apoderada Judicial del ciudadano ISMAEL ANTONIO JIMENEZ SANABRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V- V-13.965.342, con domicilio en los Estado Unidos de Norte América, en el juicio de NULIDAD DE VENTA POR SIMULACIÓN, incoada por los ciudadanos ISMAEL JIMENEZ SANCHEZ Y CARMEN RAMONA SANABRIA DE JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 3.980.573 y V- 4.966.616, respectivamente, con domicilio en la avenida 7ma, entre cal.....