este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos JULYS JOSEFINA RODRIGUEZ FERNANDEZ y RAFAEL ANTONIO CAMACARO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-12.077.317 y V-11.695.763, domiciliados la primera, en Nuevo Marín entre Calles 6 y 7, vereda 14, casa N°12, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, y el segundo en la Avenida Quinta Crespo, esquina Bucare, de la ciudad de Caracas, asistidos por el Abogado JOSE G. MARTINEZ, inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 138.615. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha treinta (30) de di.....