Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido con lo establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y el artículo 43 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, se declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada CARLA KARINA CAMINO AVILA, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 117.901, quien actúa en representación de la SOCIEDAD MERCANTIL AGRICOLO NOSTRO TERRA C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil del estado Monagas, en fecha 11 de junio del año 2021, quedando anotado bajo el N° 63, Tomo 5-A RM MAT, con registro de información fiscal N° J405899808, representada por su .....