En fecha 07 de Febrero de 2011, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta ciudad. Así se decide.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria que antecede, SE CONFIRMA, la sentencia dictada fecha 03 de diciembre de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta ciudad, que declaró la Admisión de los Hechos, conforme a lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en el juicio que por acreencias laborales sigue el ciudadano WITZONTH RODOLFO BETANCOURT, contra la empresa VENEZOLANA DE MONTAJES ELECTROMECANICOS, C.A. (VEDEMECA). Así se .....