Se dictò auto, mediante el cual se declara Inadmisible la Acciòn de Amparo interpuesta por los ciudadanos ALECXI FUENTES, JOSE M. CABRERA, OSWALDO CARRASQUERO, JESUS NUÑEZ, EDGAR INCIARTE, WILLIAN CONTRERAS, JORGE BOZO, JOSE VASQUEZ Y DIONEL MARCANO en contra de los ciudadanos IVO GUEVARA, JOSE ALCANTARA Y SANTOS RODRIGUEZ integrantes del Sindicato Nacional Uniòn Universal Marinos Mercantes de Venezuela, Afines y Conexos (S.N.U.U.M.M.V.A.C), con motivo de estar inmerso dicha Solicitud de Amparo en la causal de inadmisibilidad dispuesta en el numeral 2 del artìculo 6 de la Ley Orgànica de Amparo Sobre Derechos y Grarantias Constitucionales.