este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: ANA MARIA MONASTERIO DE GARCIA Y ANDRES RAMON GARCIA BRUNO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-7.588.543 y V-7.557.181, respectivamente, ambos de este domicilio y debidamente asistidos por la abogada MARIELVIZ OROPEZA, Inpreabogado No.209.468; En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha 24 de Julio del año 1.985, ante la Prefectura de la Parroquia de San Javier – Marín del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, según copia certificada del acta de matrimonio signada con el numero 46