DECISIÓN
En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés del niño de autos, a que se le brinde protección, afecto y educación, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, presentada por las ciudadanas EGELDA YSABEL SANGRONIS y EGLIS MERCEDES GONZÁLEZ SANGRONIS, ambas venezolanas, mayores de edad, portadoras de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.878.163 y V-22.300.536 respectivamente, ambas residenciadas en la Urbanización Villas Santa Lucia, calle Agua Miel, casa N° I-4, del Municipio Peña del Estado Yaracuy, en beneficio del niño IDENTIDAD OMITIDA , nacido en fecha 24 de Febrero del 2.016, en contra de los ciudadanos ELIEZER RAMÓN LEDEZMA LÓPEZ y KARELIA VICTORIA .....