Dispositiva:
Con fundamento a las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara la Perención de la Instancia, en el presente procedimiento por Obligación de Manutención, incoado por la Ciudadana: Nairobis Carolina Lara Vera, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-25.277.668, domiciliado en Upata, Municipio Piar del Estado Bolívar, actuando en representación de la Niña: Paulett Alondra Torres Lara, debidamente asistida por el Abogado Renny Pinto venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 120.613, y de este domicilio, contra el Ciudadano: José Gregorio Torres Sulbaran, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 21......