Señala el Actor en su escrito libelar, que al asentar su partida de nacimiento por ante la oficina de Registro Civil del Municipio Independencia, Estado Yaracuy, inserta bajo el N° 655 del año 1960, el funcionario actuante incurrió en el error de transcripción en el apellido de su madre como "MONTOLLA", siendo lo correcto y cierto "MONTOYA"; tal como se demuestra de la documentación que anexa al presente libelo de la demanda y los traidos a los autos en fecha 31 de marzo de 2008, las cuales consta de: 1°. Copia fotostática de la cédula de identidad de la ciudadana ANA LUISA MONTOYA GÓMEZ. 2° Copia fotostática de la Partida de Nacimiento, de la ciudadana ANA LUISA, expedida por el Registro Civil del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy.
En virtud de que dicha PARTIDA DE NACIMIENTO, no amerita un juicio de Rectificación de manera ordinaria, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; administrand.....