Désele entrada, anótese en los libros respectivos, quedando signada bajo el N° 627/09, acordándose su estudio y consideración para resolver por auto separado. Cúmplase
COM N° 627/09
Por otra parte se advierte expresamente que la ejecución de la medida es gratuita y los emolumentos que se generen por parte de los auxiliares de justicia, serán cancelados directamente por cuenta de la parte interesada, por lo que este Juzgado no tiene ninguna relación directa o indirecta con las erogaciones económicas que se generen por esta causa. Cúmplase.-
COM N° 627/09
Visto lo expuesto por el perito avaluador sobre los bienes señalado por la parte actora este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara Embargado Preventivamente los bienes ampliamente identificado y acuerda dejarlo en guarda y custodia en manos de los ciudadanos: Yudith Coromoto Rojas, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.483.508, y el ciudada.....