SE declaró CON LUGAR la solicitud de regulación de la convivencia familiar en beneficio y superior interés del niño: (Identidad omitida articulo 65 de la Ley Organica de Protección al Niño, Niña y Adolescente), intentada por su madre: Maria Teresa Moreno, contra Nestor Daniel Pulido para que se le fije un Régimen de convivencia al referido niño de conformidad con lo dispuesto en los artículos 385, 386 y 387 de la LOPNA.