Tal como se observa en el presente Expediente, la última actuación efectuada en el mismo, fue en fecha 15 de mayo de 2006 (folio 111), fecha en que la apoderada judicial de la parte actora, abogada Zaydda Lavite Inpreabogado N° 9.152, solicita el avocamiento de la Juez a la presente causa; y por cuanto NO HA HABIDO IMPULSO PROCESAL desde esa fecha hasta la presente, se produce una DISCONTINUIDAD MATERIAL DE LA INSTANCIA, por lo cual este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA EN EL PRESENTE JUICIO DE INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS MATERIALES Y MORALES DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRANSITO incoado por la ciudadana YIRTZA JOSEFINA MUÑOZ BARROLLETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identida.....