En merito de lo anteriormente expuesto y con vista a las pruebas consignadas en autos ya valoradas, es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, DECLARA: "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" sobre los derechos dejados por el de cujus, ANTONIO PEPE ARMANDO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-5.886.953, fallecido en fecha 29/05/2024 a consecuencia de PARO CARDIORRESPIRATORIO, INSUFICIENCIA RENAL CRONICA, tal como se evidencia de, CERTIFICADO DE DEFUNCION, N°4617153, Tomo N°1 Folio 201. A los Ciudadanos TIFFANY MICHELLE DEL VALLE PEPE GIL Y MICHELE ANTONIO PEPE GIL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-17.671.904 y V-19.721.753, actuando en este acto en sus condiciones de HIJOS, respectivamente; sin perjuicio de terceros que tengan igual o mejor derecho. Todo de conformidad con los.....