PRIMERO. CON LUGAR la apelación interpuesta por la Procuraduría General del Estado Bolívar contra la sentencia definitiva que profirió el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de estas circunscripción y sede judiciales el 26 de marzo de 2007, mediante la cual declaró parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano NICANOR DE JESÚS GARCÍA GALINDO (asunto FP02-L-2003-000118) contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLÍVAR (rectius: ESTADO BOLÍVAR), a la que condenó a cancelar por 2 meses y 20 días de trabajo, 10 días de antigüedad (artículo 108 LOT), 14 días como indemnización sustitutiva de preaviso (art. 125 LOT), más salarios caídos desde el 8 de junio de 1996 hasta el 19 de mayo de 2003.
SEGUNDO. SE REVOCA la sentencia indicada en el punto anterior.
TERCERO: SE DECLARA SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano NICANOR DE JESÚS GARCÍA GALINDO (asunto FP02-L-2003-000118) contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLÍVAR (rectius:.....