DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nro. 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por medio del presente auto cumple con fundamentar la decisión tomada en la audiencia oral celebrada en fecha 04-08-2.008, donde una vez oídas las partes, procedió a hacer los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: De acuerdo a lo establecido en los artículos 70, numeral 2° y 71, numeral 2° y 72 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, se le impone al ciudadano CAGUAO SÁNCHEZ KELVIN IBRAHIM, antes identificado, una medida de seguridad por el lapso de un (01) año, contado a partir del día 04-08-2008, consistente en la cura o desintoxicación en la fundación JOSÉ FÉLIX RIVAS, en esta ciudad De Mérida, donde ha venido recibiendo tratamiento, o en su defecto.....