Control N° 6 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; Acuerda lo solicitado por la Defensora Publica Tercera Abg. Magali García, se ordena el Cese de la medida impuesta al ciudadano HUBEN ANTONIO CLISANCHEZ DIAZ, venezolano, de 42 de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 7.582.150, residenciado en Caserío Los Naranjillos, sector altos del río, calle principal, casa S/N°, Campo Elías, Estado Yaracuy, en la fecha antes descrita y en consecuencia debe procesarse en estado de libertad tal como lo establece el artículo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.