este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en esta ciudad, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte accionada CONSTRUCTORA PEDECA, C.A. Y/O CANTERA BOLÍVAR PEDECA, C.A., contra el auto dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción y Sede Judicial, en fecha 10/07/2013, a través del cual el a quo negó oír la apelación presentada en fecha 04/07/2013, en consecuencia se ordena al tribunal ut supra mencionado a escuchar la antes mencionada apelación interpuesta por la parte accionada. SEGUNDO: No se condena en costas dadas las características del fallo.