Reitera este Tribunal que el trabajador tiene, en este caso, dos maneras de lograr el pago de los salarios caídos; puede agotar la vía jurisdiccional ejercida a través de la Acción de Amparo Constitucional que resultó favorable a sus pretensiones e intereses, o si decide finalmente abandonar su derecho de reincorporación a su puesto de trabajo, sólo mediante el procedimiento laboral ordinario podría obtener el cumplimiento forzoso de la obligación de pagar los salarios dejados de percibir y el resto de las prestaciones derivadas de la terminación de la relación de trabajo por despido injustificado, ya que los salarios caídos, tal como ha sido criterio pacífico y reiterado del Tribunal Supremo de Justicia, vigentes para el momento en que ocurrió el despido y se tramitó el procedimiento administrativo respectivo, constituyen una indemnización otorgada al trabajador en razón de lo injustificado del despido, con lo cual constituye una obligación accesoria a la obligación principal de reen.....