PRIMERO: Consta en autos que el penado EDIXON ENRIQUE CARO AVANCINES, fue condenado a cumplir la pena de Ocho (08) Años de Prisión, por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR Y APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR.
SEGUNDO: Consta igualmente en autos que el mencionado penado se encuentra detenido desde el día 27/01/2009 hasta la presente fecha, por lo que hasta la presente fecha lleva detenido Un (01) Año, Siete (07) Meses y Once (11) Días.
TERCERO: Según las constancias anexas en el Acta N° 011, el penado EDIXON ENRIQUE CARO AVANCINES, se le redime la pena por el lapso de Un (01) Año, Dos (02) Meses y Tres (03) Días, que reducidos a la mitad da un total de Siete (07) Meses, según la conversión indicada en el Artículo 3 antes mencionado.
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, REDIME LA PENA al penado EDIXON .....