NIEGA LA ADMISION, de la demanda de Declaratoria de Unión Estable de Hecho, interpuesta por el ciudadano JOSE ROSARIO RAMON CHAVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-7.586.533, con domicilio en la Avenida principal Las Mercedes, casa N° 19, Municipio San Felipe, estado Yaracuy, representado por su apoderado judicial, abogado Omar Antonio González Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-6.521.052, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 68.080, contra la ciudadana: JUDITH DEL CARMEN RODRIGUEZ GUEVARA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-4.908.414, con domicilio en Centro Turístico Recreacional La Llovizna, ubicada en sector Las Mercedes, del Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, por cuanto el actor no cumplió con lo solicitado mediante auto de fecha 29 de Septiembre de 2.014, de conformidad con el Artículo 341 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese co.....