Por los hechos y fundamentos de derecho antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY SANTA BARBARA, Y EZEQUIEL ZAMORA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a pasar en autoridad de Cosa Juzgada el Decreto Intimatorio y a la ejecución forzosa de la demandada ciudadana YUSMILYS GALLARDO VILLARROEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.774.663 domiciliada en Palma Real, Sector Los Jardines 1-B, Nº 41 de esta Ciudad de Maturín Estado Monagas, al pago de las sumas discriminadas en el decreto intimatorio que ascienden a la cantidad de: CUARENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 45.000, OO) monto de la deuda, mas la cantidad de Tres Mil Seis Seiscientos Bolívares (3.600, oo) por concepto de intereses y la cantidad de ONCE MIL DOSCIENTOS CINCUENT.....