Mediante Resolución No. PJ0842014000086, se dictó sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva que declaró INADMISIBLE, la pretensión de Amparo Constitucional plasmada en la demanda interpuesta por la ciudadana MARÍA CELENIA BRICEÑO SALAS, actuando en nombre propio y en representación del niño (IDENTIDAD OMITIDA EN VIRTUD DE LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES)., en contra del ciudadano RUSBEL DELANO RODRÍGUEZ.