En mérito de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley de conformidad con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el articulo 197, ordinal 15º de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y previo el cumplimiento de los requisitos legales, que las actuaciones supra descritas resultan suficientes para que este juzgador - salvo el mejor derecho del Estado Venezolano y de cualquier otro tercero - DECRETE Justo Titulo Supletorio de Propiedad (AGRARIO) a favor del ciudadano PORFIRIO DEL CARMEN NARVAEZ RODRIGUEZ, venezolano, titular de la C.I 14.941.213, Rif Nº V.- 14941138, mayor de edad, civilmente hábil, soltero, domiciliado en la población de El Manteco, sector Campo Bolivariano, del Municipio Piar del Estado Bolívar, sobre una serie de bienhechurias .....