III
DISPOSITIVA.
En mérito de todos las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A, presentada por el Ciudadano: JOSE DAVID RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-13.995.990, en contra de la Ciudadana: MARIANELA MOTA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-16.008.816, y en consecuencia de ello, queda DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los Ciudadanos JOSE DAVID RAMIREZ Y MARIANELA MOTA, fecha Veintisiete (27) de Diciembre de Mil Novecientos Noventa y Cuatro (1.994), por ante el Registro Civil Municipal del Municipio Sifontes del Estado Bolívar; cuya acta corre inserta bajo el Nro. 08, del Libro de Registro .....