Acto seguido el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, el EMBARGO EJECUTIVO del bien descrito por la parte Actora hasta la cantidad de Treinta y Tres millones de Bolívares (Bs. 33.000.000,00), sobre el cual recae la presente medida e igualmente declara la desposesiòn Jurídica y material del bien embargado y lo coloca en posesión del ciudadano, JOEL ANTONIO MACHADO FOSTER, anteriormente identificado, persona señala por la parte actora como Depositario de los mencionados bienes, quien acepta para su guarda y custodia y conservación del bien que se hace entrega en este acto como buen padre de familia. Es todo. El Tribunal habiendo cumplido su misión ordena su regreso a su sede siendo la Una y Diez Minutos (1:10 p.m), de la tarde. Terminó. Se leyó y conformes firman:
El Juez,
Dr. FRANKLIN OVIEDO FLORES
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