Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con Sede Puerto Ordaz, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: QUE ACEPTA LA COMPETENCIA POR LA MATERIA para conocer del RECURSO DE NULIDAD interpuesto por el MUNICIPIO PIAR DEL ESTADO BOLÍVAR.; contra la Providencia Administrativa Nº 2010-0125, dictada por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, el veinticinco (25) de febrero de 2010, mediante la cual declaró con lugar la calificación de despido injustificado por inamovilidad laboral presentada por la ciudadana YUBIMIR AREVALO.
SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA FUNCIONAL en el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Or.....