DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano LISCANO ASUAJE ROSALBO RAMÓN, quién era venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, divorciado, residía en Guama, calle Occidente, casa N° 182, municipio Sucre, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº V-2.571.044; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos SEGOVIA GUDIÑO CARMEN DIOCELIS, LISCANO TELLECHEA MARÍA ANTONIA y LISCANO TELLECHEA ÁNGEL RAMÓN, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de la cédula de identidad N° V-2.568.706, V-11.648.830 y V-12.286.844 respectivamente. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse a los solicitantes, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.253-17 y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal.