DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Admitir la solicitud de amparo Constitucional, e inoficiosa la celebración de la audiencia constitucional, por tratarse de un acción de mero derecho; SEGUNDO: Con Lugar In limine litis la acción de amparo constitucional propuesta por los profesionales del derecho Nury Nellys Vásquez polo, y Freys Martínez, abogados de libre ejercicio inscritos en el I.P.S.A; bajo los N° 155.503 y 268.708, respectivamente, en su condición de defensores del ciudadano Yenfanson Chirinos, titular de la cédula de identidad Nº V-24.712.006, imputado en el asunto N° UP01-P-2018-003812, en contra del Juzgado Quinto en Función de Control de este Circuito Judicial Penal; TERCERO: Se ordena a la Jueza accionada realice de inmediato .....