Se dictó sentencia declarándose INCOMPETENTE para el conocimiento de la DEMANDA DE NULIDAD E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS y PERJUICIOS incoada por el CLUB DE DEPORTES ACUÁTICOS LA LAJA y por las ciudadanas MARÍA ELENA MOTA, JACQUELINE DEL CARMEN NÚÑEZ, ZENAIDA JOSEFINA IDROGO MUÑÓZ, ÁNGELA GIUDITTA DEA VALENTINI NORI y LISNA YONYRAY MARCO PARRA en su carácter de representantes de las adolescentes de identidad omitida contra el CONSEJO DE HONOR DE LA ASOCIACIÓN DE DEPORTES ACUÁTICOS DEL ESTADO BOLÍVAR y DECLINA la competencia en Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar.