declara CON LUGAR la pretensión de PARTICION DE BIENES, intentada por la abogada en ejercicio de su profesión Erika Indira Ojeda Mercade, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana KATIUSCA ELENA PUCHE MENDOZA, contra el ciudadano BLADIMIR IGNACIO PIÑA GÓMEZ, previamente identificados.
En consecuencia se advierte a las partes que al décimo (10º) día de despacho siguiente, contado a partir de que quede definitivamente firme la presente decisión, tendrá lugar el acto para el nombramiento de Partidor.
Se condena al pago de las costas procesales a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida, conforme al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.