En fecha 08 de Febrero de 2011, este Tribunal Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de Ciudad Bolívar, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO, el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada, en virtud de no haber comparecido, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, como consecuencia, de lo anterior se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto contra el Acta de Prolongación de la Audiencia Preliminar de fecha 02 de Noviembre de 2010, celebrada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta ciudad en el asunto Nº FP02-L-2010-000179.
SEGUNDO: Vista la declaratoria que antecede se repone la causa al estado en que se encontraba para el momento en que el Juzgado Segundo de primera Instancia .....