En este contexto, se observa que el Juez al momento de analizar las circunstancias Supra mencionadas, debe hacerlo bajo una visión de totalidad y no de manera aisladas las una de las otras, es decir analizar en el caso concreto todas y cada una de las circunstancias previstas en dicha disposición. En este orden de ideas, considera quien decide que, preservando la presunción de inocencia, que es una garantía que abraza al acusado de autos hasta tanto no exista una sentencia definitivamente firme que establezca lo contrario, y en mérito a lo expuesto, en este caso concreto no han variado las condiciones que motivaron a la Juez de Control a decretar la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano OMAR ALFREDO INOJOZA MATA, plenamente identificado en actas, por lo que en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, este Tribunal de Control No. 1 de este Circuito Judicial Penal, niega solicitud de la defensa en cuanto a que le sea sustituida la medida de Priva.....