Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la presente causa a favor del adolescente ROBERTH JOSE TORRES ESCALONA, plenamente identificado, conforme a lo establecido en el artículo 561 literal D de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.