Este Tribunal Cuarto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley CONDENA al acusado JHONNY JESUS ALVAREZ OCHOA, plenamente identificado, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS y DIEZ (10) MESES de Prisión, más las accesorias legales, por los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 458, en concordancia con el artículo 84 Ordinal 3° del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del mismo Código, en perjuicio del Ciudadano Raúl Lefebre, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos, tomando en cuenta como prueba, la confesión libre de todo apremio y coacción del acusado de marras, de conformidad con el articulo 49 Ordinal 5ª de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Se exonera al.....