DISPOSITIVA
Por las razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación de Auto, interpuesto por los abogados NADEXA CAMACARO CARUCI, BELKYS SUSANA PUERTAS y JUAN PABLO SERRANO, quienes actúan con el carácter de Fiscal Décima Segunda Principal y Auxiliar, respectivamente, del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, contra la decisión emitida en fecha 16 de Diciembre de de 2016, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 3 Itinerante de este Circuito Judicial Penal, en la causa signada con el número UP01-P-2013-001362. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada por el a-quo en fecha 16/12/2016, habida en el asunto principal N° UP01-P-2013-001362, ordenándose la inmediata reclusión del acusado ELIECER ANTONIO ARTEAGA ESCA.....