Declara ciudadana LOURDES LOPEZ MARRERO contra la ciudadana MARIA TERESA OQUENDO GUERRA. En consecuencia, se condena a la demanda a entregar el inmueble ¿casa- distinguido con el Nº 3, del conjunto residencial Lourdes Teresa, ubicado en la parcela número 18, bloque F, de la urbanización San Rafael, de Ciudad Bolívar, cuyos linderos son: Norte: área común de acceso en 10.30 mts., SUR: parcela número 17 de la misma urbanización en 10.30 mts., Este: casa número 02, en 20,45 mts., Oeste: casa número 04 en 20,70 mts. Se condena en costas a la demandada de autos por haber sido vencida en el proceso.
Queda así CONFIRMADA la sentencia dictada en fecha 02-10-2007 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta.