En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley. DECLARA: A los Ciudadanos: FELIX ROSALBO GRANADOS TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-2.572.283 y RUBEN DARIO GRANADOS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V-11.275.734, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su condición de Esposo e Hijo de la De Cujus: MARIA CONCEPCION GONZALEZ DE GRANADOS, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cedula de Identidad Nº V-3.456.824, SIN PERJUICIO DE TERCEROS, DE IGUALES O MEJORES DERECHOS