En mérito de las razones expuestas, este Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JORGE LUIS CONDE, titular de la cédula de identidad Nº 10.560.495, representado judicialmente por el abogado Emilio Escalona Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 206.710, contra la sentencia dictada en fecha 16 de diciembre de 2016, por la Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en la demanda de ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana EMA RIOLAMA PEREZ PEREZ, titular de la cedula de identidad Nro. 10.560.495, debidamente asistida por el abogado Roger Rendón, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 247.896.....