DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Ofrecimiento de Obligación Alimentaria formulada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Estado Yaracuy, a solicitud del ciudadano RUBÉN JOSÉ PÉREZ QUERALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.481.846, residenciado en la Avenida Principal, Barrio Nuevo, casa Nº 70-20, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy, en su condición de padre de los niños identidad omitida, de diez (10) y siete (07) años de edad respectivamente, nacidos el 22 de junio de 1995 y el 07 de enero de 1999 respectivamente, tal como se evidencia en las respectivas Partidas de Nacimiento insertas a los folios 3 al 4 del expediente, quien deberá suministrarle .....