Se dicto decisisón mediante la cual se ordeno el archivo de las presentes actuaciones, en virtud que la Fiscalía del Ministerio Público no presentó el correspondiente Acto Conclusivo, tal como lo prevé el artículo 103 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en concordancia con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal penal.Notifiquese a las partes de la presente decisión.