Se dictó sentencia declarándose IMPROCEDENTE la medida de suspensión provisional de los efectos del acto administrativo contenido en la Certificación Nº 0013-10, dictado el tres (03) de febrero de 2010, mediante el cual se certificó la discapacidad total permanente para el trabajo habitual del ciudadano Urbano del Valle Susarregui Jamensson, emanado de la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES BOLÍVAR Y AMAZONAS.