DECLARA
PRIMERO: Se declara PROCEDENTE la oposición a la partición del inmueble señalado en el escrito libelar como ordinal primero el cual consiste en una casa sobre una parcela de terreno propiedad municipal que mide 7,10 metros de frente por 21 metros de fondo que da un área de cincuenta y cinco metros cuadrados con noventa decímetros (55,90Mts2), la cual se encuentra ubicada entre las calles 23 y 24 del Municipio Independencia del estado Yaracuy, y comprendida dentro de los siguientes linderos NORTE: Quebrada la Camachera; SUR: Casa de la Familia García; ESTE: Casa de la Familia García y; OESTE: Casa de Aura Rosa García debidamente protocolizado por ante el Servicio Autónomo Sin Personalidad Jurídica de Registro de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del estado Yaracuy, en fecha 24 de octubre de 2003, bajo el Nº 42, protocolo primero, tomo segundo, trimestre cuarto del año 2003, folios 286 al 289, realizada por el ciudadano GUILLERMO GARCÍA TOVAR, identif.....