Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo Penal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal, del Estado Bolívar, emite el siguiente pronunciamiento: Modificaba la medida privativa de libertad dictada en contra de Husayn David Marrero Sifontes, titular de la cedula de identidad N° 11.730.886, residenciado en los Bloques de la Paragua, sector Numero 04-6-A, apartamento 12PB, por una medida cautelar sustitutiva de libertad de la contemplada en el articulo 256, numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación periódica cada ocho (08) días por ante la oficina de alguacilazgo. Todo conforme lo establece el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal. Librese la correspondiente boleta de excarcelación, dirigida al Comandante de la Comisaría Policial de Brisas del Orinoco.