Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, a los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA, de once (11), ocho (08), cinco (05) y un (01) años de edad, respectivamente, y a la ciudadana JHOANNA KATHERINE ORTIZ GIMENEZ, UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano RAFAEL JESUS ORTIZ RAMOS, quien en vida era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 10.302.024, fallecido ab-intestato, en fecha 29 de abril de 2012, sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos.